El CDTI Innovación, la Agencia de Financiación de la Innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha lanzado un plan de mejora de las condiciones generales relativas a la financiación de proyectos de I+D empresarial mediante ayudas parcialmente reembolsables (APRs), su modalidad de instrumentos de financiación basados en préstamos a largo plazo y tipo de interés fijo por debajo de mercado. Estas incluyen también un tramo que no debe ser devuelto y que se materializa en el equivalente a una subvención parcial.
En relación con los anticipos a cuenta, la flexibilización y mejora de condiciones se aplica a las APRs para proyectos de I+D, I+D Transferencia Cervera, LIC (Línea de Innovación), LIF (FEMPA) e IDF (FEMP). Las empresas tendrán a su disposición un anticipo de hasta el 50%(anteriormente, 35%) de la ayuda solicitada, sin garantías adicionales, con un máximo de 300.000 euros (anteriormente, 250.000 euros), podrán solicitar hasta el 75% de anticipo si presentan avales de ejecución por la diferencia.
Se estima que esta medida podrá beneficiar hasta 500 proyectos anuales y posibilitar aumentar los desembolsos anticipados en más de 35 millones de euros, facilitando la ejecución de los proyectos innovadores que apoya el CDTI.
En cuanto al incremento de la subvención bruta equivalente relativo al nuevo reglamento de mínimos, se ve incrementado en las líneas de innovación directa (LIC y LIC PERTES) para poder alcanzar hasta 300.000 euros, superando en 100.000 euros el límite anterior (200.000 euros).
Por su parte, los tramos no reembolsables y los periodos de amortización del instrumento LIC (Línea de innovación) se incrementan al 7% en la financiación CDTI (anteriormente, 4%) y al 10% en la financiación FEDER (anteriormente, 7%). Los plazos de amortización de este instrumento también se amplían en las dos opciones disponibles: a 5 años (anteriormente, 4) o a 7 años (anteriormente, 6).
El plan contempla también la creación del nuevo instrumento LIC PERTES Aeroespacial y Salud de Vanguardia bajo el reglamento de mínimos, con una ayuda parcialmente reembolsable de hasta el 85% del presupuesto elegible, con un tramo no reembolsable del 15% sobre el 75%, tipo de interés fijo: Euribor + 0,75%, un plazo de amortización de 10 años con un año de carencia y anticipos flexibles de hasta el 50% de la ayuda sin garantías adicionales o de hasta el 90% si se presentan avales de ejecución por la diferencia.